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POLITICA CRIMINAL Capítulo 3, ELABORACIÓN LEGISLACIÓN PENAL. Grado CRIMINOLOGÍA UNED ESPAÑA, 2024. Alumno Javier Galindo. Crisis de la ley, Fases legislación penal (prelegislativa, legislativa proyectos gobierno y proposiciones ley congreso y otros, fase poslegislativa). Racionalidad legislación penal. 55v4d
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Hola mi nombre es javier galindo soy un estudiante de criminología de la uned estamos en la asignatura política criminal hoy estudiaremos el capítulo tres que se llama la elaboración de la legislación penal comencemos para introducir este capítulo sobre la elaboración de la legislación penal citaremos nuestro código penal ley orgánica diez noventa y cinco a la que se conocía originalmente como código de la democracia hidras sus dieciocho reformas se le co conoce como código de la seguridad este fenómeno de multitud de reformas legales de hiper legislación o inflación legislativa por decirlo alguna forma es algo propio del siglo veinte y se mantiene en nuestros tiempos los juristas empezaron a mostrar interés por la manera en la que se elabora las normas sobre los años mil novecientos setenta con el propósito de mejorar la racionalidad de la legislación bien mencionada esta introducción pasamos a el primer apartado que es el de crisis de la ley se ha perdido la centralidad la hegemonía o la impor estancia de la ley en el ordenamiento jurídico la ley es menos importante hoy que lo era antes por qué motivos pues vamos a destacar tres por un lado por la evolución de la estructura política del estado se ha dado un importante cambio en el concepto de estado por un lado tenemos el estado liberal que posteriormente desembocó en el estado social donde se produjo una hiper producción legislativa una inflación de leyes y normas y después se produjo el estado de derecho constitucional con un marco un margen de actuación limitado por la constitución que encorseta en cierta medida legislador y el ejecutivo de algún modo la constitución crea una serie de garantías y de límites para los legisladores otro motivo o factor por qué se produce esta crisis de ley es el de la transformación del sistema de fuentes del derecho el estado es menos soberano hoy que lo era antes por qué pues porque se han traspasado competencias y soberanía del estado hacia organismos supra nacionales como por ejemplo de españa hacia la unión europea o a organismos infra nacionales o infra estatales como pueden ser hacia las comunidades autónomas también porque hay más fuentes sociales del derecho ciertos convenios entre las partes afectadas o porque hay diferentes clases de leyes leyes orgánicas leyes ordinarias leyes nacionales de las comunidades autónomas decretos fijaos que por haber hay incluso hasta leyes conocidas como simbólicas es decir con poca chicha con poco contenido hoy en día las leyes son más efímeras tienden a durar menos tiempo de lo que duraban antes de hecho antiguamente la ley tendría ser más permanente a ofrecer por tanto una mayor igualdad de trato al tratarse de mayores generalidades y abstracciones tan solo las normas penales son las que en cierta medida tienen a ser un poco menos efímeras bien y el último factor para hablar de esta crisis de ley que hemos dicho que es la evolución del concepto de la estructura de política del estado la transformación de las fuentes del derecho pues la última razón sería la influencia del constitucionalismo este es el sustrato básico o del sistema normativo otorgando una serie de principios y derechos fundamentales hoy protagoniza nuestra constitución española del setenta y ocho el concepto de permanencia o estabilidad en el tiempo en contraposición como decía antes de lo efímero de mu muchas leyes que se han convertido en una suerte de lucha política bien a raíz de esta inestabilidad o de pérdida de centralidad o hegemonía de la ley vamos a hablar de otro asunto cuáles son las consecuencias pues las consecuencias son una inflación legislativa que se ha dado en el estado el bienestar tal crecimiento normativo resulta una especie de red una maraña caótica de disposiciones que llega a ser incluso
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