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Cuestión de Dinero | CaixaBank On Air
Cuestión de dinero #3 | Cómo declarar a Hacienda una pérdida de dinero por estafa

Cuestión de dinero #3 | Cómo declarar a Hacienda una pérdida de dinero por estafa s6q

31/3/2025 · 21:33
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Cuestión de Dinero | CaixaBank On Air

Descripción de Cuestión de dinero #3 | Cómo declarar a Hacienda una pérdida de dinero por estafa 325m37

¿Has sido víctima de una estafa que te ha supuesto una pérdida patrimonial? ¿Sabes que esas pérdidas te las puedes deducir en la declaración de la renta? Laura Encina, experta en planificación financiera y divulgadora, y Pedro Rodríguez, asesor fiscal en CaixaBank, te explican cómo hacerlo. Este y otros consejos más en Cuestión de Dinero, un podcast de CaixaBank On Air. ¡No te lo pierdas!  6b622k

Lee el podcast de Cuestión de dinero #3 | Cómo declarar a Hacienda una pérdida de dinero por estafa

Este contenido se genera a partir de la locución del audio por lo que puede contener errores.

Imagina que gran parte del dinero que ganas un año lo inviertes en un proyecto que aparentemente te va a dar una gran rentabilidad, pero resulta que finalmente es una ciberestafa.

¿Qué harías? Con esta cuestión de dinero, abrimos un nuevo episodio de CaixaBank OnAir.

Mi nombre es Laura Encina y soy experta en planificación financiera y divulgadora sobre finanzas personales.

Para hablar de esta materia tan interesante tenemos a un gran invitado, Pedro Rodríguez.

Muy buenas, Pedro, ¿cómo estás? Muy buenas, muy bien, encantado de conocerte y pasar un rato contigo.

Bienvenido a este episodio, un tema de absoluta actualidad que nos interesa muchísimo.

Nos vas a dar claves importantísimas sobre las ciberestafas que nos acontecen a día de hoy y algunos puntos muy interesantes.

Antes de entrar en materia, Pedro, vamos a hablar un poquito sobre ti.

¿Quién eres? ¿A qué te dedicas? ¿Y cuántos años llevas con esto? Bueno, yo soy Pedro Rodríguez, soy economista y asesor fiscal colegiado.

Desde el año 2006 estoy trabajando en el sector financiero.

Los últimos 15 años me he dedicado al asesoramiento fiscal y actualmente desarrollo mi actividad profesional en una entidad financiera tratando temas de fiscalidad internacional y precios de transferencia.

Durante todos estos años he estado formando parte del equipo de formadores de las distintas entidades, dando cursos de formación sobre asesoramiento fiscal de productos y servicios bancarios y también colaboro escribiendo artículos tributarios en algún medio de comunicación y en algún blog.

O sea, que lo que habrás vivido, ¿eh, Pedro? Sí.

¿Nos vas a contar alguna anécdota? Alguna, alguna habrá.

Pedro, pues te voy a lanzar la primera pregunta y vamos a entrar ya en materia.

¿Qué pasa con nuestro patrimonio cuando hemos sido estafados o hemos tenido una ciberestafa? Vale, lo que ocurre cuando hemos tenido una estafa es que tenemos una pérdida que no la podemos deducir en la Declaración de la Renta.

Esta es una cuestión que siempre ha generado dudas y mucha gente ha preguntado de qué ocurre cuando me han estafado que he perdido mi dinero.

Bueno, pues la Agencia Tributaria, a través de la Dirección General de Tributos, ha respondido o ha aclarado recientemente que en caso de que alguien haya sido víctima de una ciberestafa, de un ciberfraude o de un timo tradicional de toda la vida, pues que se podrá deducir en su Declaración de la Renta esa pérdida patrimonial que le ha ocasionado la estafa.

Vale, pérdida patrimonial es un concepto que puede sonar confuso, Pedro.

¿Qué es exactamente una pérdida patrimonial? Si nos vamos a un punto de vista muy técnico, nos tendríamos que ir al artículo 33 de la Ley del Impuesto de la Renta de las Personas Físicas, que es lo que me dice que una pérdida patrimonial es una disminución del valor de un bien dentro de mi patrimonio.

Así que parece muy técnico y que todo el mundo está más acostumbrado es cuando yo tengo una pérdida por una venta, venta normal de una acción, de un inmueble o de un fondo de inversión.

Es decir, si yo tenía un inmueble que en su momento lo compré por 300.000 y hoy decido venderlo por 290.000 euros, tengo una pérdida de 10.000 euros en mi Declaración de la Renta.

Con esto que me estás diciendo, se me viene a la cabeza algo muy curioso y es si yo me he comprado algo y lo vendo por una aplicación de segunda mano, normalmente, en la gran mayoría de los casos, lo estoy vendiendo por un valor menor, al que lo compré.

¿Esto también me lo puedo deducir? No.

Esto no es pérdida patrimonial.

Bueno, pues lo siento para mucha gente que no lo sabe.

Una excepción de la agencia tributaria porque dice que hay una disminución del valor por su uso.

Por ejemplo, el caso más común que a todo el mundo se nos puede venir a la cabeza por las famosas frases que te dice mucha gente de que te compras un coche, lo dejas en la calle y va perdiendo valor, lo que la agencia tributaria entiende es que hay una depreciación de ese valor por su uso y, por tanto, cuando yo lo vendo, no tengo una pérdida real.

Entonces, Pedro, para que los oyentes y las personas que nos ven lo tengan muy claro, ¿cuáles serían los casos en los que sí existe esta pérdida patrimonial? En los casos, en las estafas, sería una pérdida no derivada de la transmisión.

El artículo 33.5 de la ley de IRPF me establece que hay una serie de pérdidas que no considera que se puedan poner en la declaración de la renta, como son las pérdidas en el juego, una pérdida en el comercio...

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